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Servicio de Cadeteria Empresarial - Mensajeria

Como nace la Mensajeria
El rubro denominado "Mensajeria" tuvo su comienzo hace mas de 20 años trasladando rollos de películas de cine a cine, dado que las mismas tenian un costo realmente muy elevado y la rapidez del "motoquero" asi como el costo del servicio hacian mucho mas conveniente este tipo de medio. En aquella epoca nace la mensajeria como un rubro de "cuentapropismo" y se mantiene de esa forma durante un largo periodo.
En el año 1998 nace el C.E.M.M.A.R.A. (Camara de Empresas de Mensajeria por Moto de la Republica Argentina), en sus comienzos se buscaba simplemente generar un lugar de encuentro y reunion entre empresas colegas, a fin de intercambiar charlas de enriquecimiento y aprendizaje mutuo.
Con el tiempo se puntualizan los objetivos y se inicia a defender los intereses del sector; lograr una concientizacion y profesionalización del rubro; enmarcar legalmente la actividad; lograr un convenio colectivo especifico para nuestra actividad; promover la competencia leal. Marco Legal - Servicio de Mensajeria Urbana - CNC Alrededor del año 2000, comienza en forma conjunta con la CNC (Comision Nacional de Comunicaciones) la búsqueda de la regularizacion de la actividad a fin de evitar un ejercicio ilegal de la misma, asi como la tan frecuente confusión de enmarcar la actividad del Correo con la de una Mensajeria en un mismo rubro siendo tan diferentes entre si.

Actualmente luego de varias negociaciones y presentaciones el CEMMARA ha logrado gestionar ante la CNC un subregistro para el servicio de "Mensajeria Urbana" y nuestra empresa es una de las primeras en haber efectuado la presentacion correspondiente ante dicho organismo a fin de obtener el numero de permisionario, R.N.P.S.P. N° 845 para brindar servicios de mensajeria urbana.

Según indica el Decreto 1187/93, donde se detalla el Regimen Postal, de acuerdo al articulo 17 (cito textualmente) "La COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, sera la autoridad encargada de ejercitar la funcion de policia en materia postal y telegráfica, con el objeto de proteger los derechos del consumidor, la vigencia de una efectiva competencia y las normas de lealtad comercial (...) Asimismo verificara la correspondencia entre los medios denunciados por el prestador, el area de cobertura, la calidad y las condiciones de servicios ofrecidas a sus clientes". Se extrae claramente que toda empresa que brinde servicios de transporte y entrega debera ser aprobada para dicha tarea por la C.N.C Refiriéndonos luego a la resolucion N° 1811/2005 y al dictamen N° 4738 emitido para nuestra empresa, donde se especifica claramente que la denominada genéricamente "MENSAJERIA URBANA" pueden englobarse una serie de servicios, o con mayor precision, un tipo de actividad que se ha venido desarrollando en el mercado postal en funcion de una demanda especifica, que ha demostrado una especificidad que, aun incluyéndose dentro del concepto general del articulo 4° del Decreto N° 1187/93, tiene notas propias que la distinguen de la actividad de lo que podria denominarse actividad de los correos "tradicionales"."

Continua este punto indicándose que una de las principales características de nuestro servicio, diferencia fundamental con la del servicio postal es que los lapsos de entrega no deben exceder las VEINTICUATRO (24) horas dado que no es necesario franquear la unidad previo a su entrega.

Es importante observar que de las trescientas (300) mensajerias que existen en Capital Federal Excon Group es una de las unicas seis (6) que ha sido aprobada por la CNC para brindar "SERVICIOS DE MENSAJERIA URBANA".

Tambien se debe tener en cuenta que no es el mismo tipo de permiso el que se emite para brindar servicios postales que el que se emite para nuestra actividad, considerando que un Correo no puede efectuar el mismo servicio que brinda la mensajeria y si lo hiciera estaria en infraccion y viceversa.

Debe considerarse ademas que toda Empresa de mensajeria que ejerza la actividad y no sea avalada por la CNC se encontrara en infraccion, de igual modo que toda Empresa tomadora del mismo, siendo ambas partes pasibles de multas.

Es realmente un orgullo para nuestra empresa poder contar con este permiso reconociendo nuestra actividad en el marco legal y brindar la posibilidad de una competencia en igualdad de condiciones, al igual que poder garantizar mediante el aval de la C.N.C la calidad de servicio que brinda nuestra empresa.

Nos encontramos a vuestra entera disposición por cualquier duda o consulta.

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